Este programa va dirigido a mujeres en situación de precariedad económica y social, que residan en la Comunidad Autónoma de Extremadura y que tengan hijos/as exclusivamente a su cargo. Este programa se ha venido desarrollando con carácter anual en colaboración con el Instituto de la Mujer del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud del Convenio Marco suscrito entre el mencionado Instituto y la Comunidad Autónoma de Extremadura en 1990.
La ayuda consiste en la distribución de plazas hoteleras entre las mujeres y las hijas y/o hijos que les acompañen, durante una estancia de siete días (seis noches), no antes del 25 de junio ni después del 10 de septiembre de cada año, en hoteles de la costa española, en régimen de pensión completa. Además de unas vacaciones gratuitas, las personas beneficiarias tendrán la posibilidad de participar en actividades que les permitan el desarrollo de sus habilidades sociales y, por consiguiente, aumentar su autoestima.
Las estancias incluirán:
La ayuda consiste en la distribución de plazas hoteleras entre las mujeres y las hijas y/o hijos que les acompañen, durante una estancia de siete días (seis noches), no antes del 25 de junio ni después del 10 de septiembre de cada año, en hoteles de la costa española, en régimen de pensión completa. Además de unas vacaciones gratuitas, las personas beneficiarias tendrán la posibilidad de participar en actividades que les permitan el desarrollo de sus habilidades sociales y, por consiguiente, aumentar su autoestima.
Las estancias incluirán:
1. Desplazamiento (ida y vuelta)
2. Alojamiento en hotel
3. Manutención (pensión completa)
2. Alojamiento en hotel
3. Manutención (pensión completa)
La convocatoria de estas ayudas, que tiene lugar todos los años en torno al mes de mayo, se publica en el Diario Oficial de Extremadura (D.O.E) y va dirigida a mujeres que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener hijas y/o hijos, exclusivamente a su cargo.
b) Estar domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Que la renta del conjunto de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la compongan, no supere el salario mínimo interprofesional vigente (SMI), en el año a que se refiera cada convocatoria.
d) No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.
b) Estar domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Que la renta del conjunto de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la compongan, no supere el salario mínimo interprofesional vigente (SMI), en el año a que se refiera cada convocatoria.
d) No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.
También podrán ser beneficiarias y/o beneficiarios de las ayudas las hijas y/o hijos de las mujeres, que hayan sido seleccionadas, siempre que éstas y/o éstos reúnan los siguientes requisitos:
a) Que se encuentren en edades comprendidas entre los dos y doce años, ambos inclusive. Excepcionalmente, las hijas y/o hijos acompañantes podrán superar la edad de doce años establecida, previa valoración positiva por el IMEX.
b) Que no padezcan enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia
b) Que no padezcan enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia
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